San Luis: histórica adopción permitió que un bebé fuera entregado a su familia antes de nacer

La medida priorizó la decisión de la mujer gestante y el interés superior del niño

Por primera vez en la provincia de San Luis, una medida cautelar dictada antes del nacimiento permitió que un recién nacido fuera entregado directamente a una pareja adoptante inscripta en el Registro Único de Adoptantes (RUA), sin atravesar el sistema de familia solidaria.

La resolución fue adoptada por el Juzgado de Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia y Penal Juvenil N° 2 de la Tercera Circunscripción Judicial, a cargo del juez Hugo Orozco, y sentó un precedente en materia de protección integral de derechos.

Un proceso anticipado para garantizar derechos

El caso se inició en mayo de 2025, cuando una mujer en situación de vulnerabilidad manifestó ante el RUA su voluntad de dar en adopción al bebé que gestaba.

A partir de esa decisión intervino la Defensoría de Niñez, Adolescencia e Incapaces, encabezada por María Luz Vilchez, junto a la delegada del RUA, María Fernanda Gasparro. Se activó entonces un abordaje integral que incluyó acompañamiento médico, psicológico y jurídico durante todo el embarazo.

En paralelo, el Programa de Niñez evaluó si algún familiar podía asumir la crianza, conforme a los procedimientos vigentes, descartando esa posibilidad.

“El respeto por la decisión de no maternar fue central en este proceso”, explicó el juez Hugo Orozco, quien destacó que actualmente no existe un protocolo específico para estos casos más allá de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE).

Entrega directa y sin paso por familia solidaria

Hasta este fallo, el procedimiento habitual implicaba que el recién nacido ingresara al sistema de familia solidaria, modalidad transitoria mientras el RUA completaba la evaluación de postulantes.

En este caso, el magistrado entendió que esa instancia podía evitarse. En Santa Rosa del Conlara, donde ocurrió el hecho, no existía familia solidaria disponible, por lo que el bebé hubiera debido ser trasladado a San Luis capital o Villa Mercedes.

“¿Por qué someterlo a una institucionalización innecesaria si ya teníamos un listado de adoptantes esperando?”, razonó el juez.

Así, el día del nacimiento se realizó la entrega en una sala privada del hospital, con la presencia judicial para labrar el acta correspondiente. La pareja adoptante, previamente evaluada y en orden de prelación en el RUA, salió del centro de salud con el bebé bajo una medida cautelar que otorgó la guarda con fines adoptivos.

Acompañamiento y plazos legales

La mujer gestante recibió acompañamiento terapéutico antes y después del parto. Además, la normativa garantiza un plazo de 45 días posteriores al nacimiento para ratificar o revertir la decisión.

Tras informes favorables de vinculación elaborados por profesionales del RUA y la ratificación expresa de la gestante, el juzgado declaró la situación de adoptabilidad y otorgó la guarda con fines adoptivos por un mes. Finalmente, se dictó la adopción plena.

Perspectiva de género y niñez

El fallo introduce una mirada con perspectiva de género y niñez en el sistema judicial provincial. Según expresó el magistrado, aún no existen políticas públicas específicas en hospitales para mujeres gestantes que deciden no maternar, lo que obliga a adaptar protocolos y prácticas institucionales.

La resolución marca un antecedente relevante en San Luis y abre el debate sobre la necesidad de herramientas normativas que acompañen estas situaciones a nivel nacional, priorizando el interés superior del niño y el respeto por la autonomía de la mujer gestante.