La Segunda Circunscripción Judicial con asiento en Villa Mercedes resolvió elevar a juicio una causa en la que un hombre será juzgado por producción de material de abuso sexual infantil y abuso sexual simple agravado, en perjuicio de una menor de edad. La medida fue dispuesta este martes por la jueza de Garantía N° 3, Natalia Pereyra Cardini, durante una audiencia clave del proceso.
Según la calificación legal, los hechos se encuadran como producción de material de abuso sexual infantil agravado por la edad de la víctima y abuso sexual simple agravado por la guarda, la convivencia preexistente y la reiteración, en concurso real.
Durante la audiencia, el Ministerio Público Fiscal, representado por las fiscales Nayla Cabrera Muñoz y Julieta Moyano, solicitó una pena de 13 años de prisión efectiva, con accesorias legales y costas. No se plantearon atenuantes y se destacaron como agravantes la vulnerabilidad de la víctima, la asimetría de edad, el daño psicológico, la pluralidad de conductas y el contexto de convivencia previa.
La querella, a cargo de la abogada Laura Rodríguez, junto a la defensora de Niñez, Beatriz Pringles Medeot, adhirieron al planteo fiscal. En tanto, la defensa solicitó precisiones respecto del artículo 119 del Código Penal, al sostener que no existió abuso con acceso carnal.
Cómo se inició la investigación en Villa Mercedes
De acuerdo al relato del Ministerio Público Fiscal, la causa se inició en agosto de 2024 a partir de la denuncia de una mujer, pareja del imputado y madre de dos niñas. La mujer detectó en el celular del hombre un video con contenido íntimo de una de sus hijas, que habría sido grabado desde la ventana del baño.
En septiembre de 2024, la denunciante amplió la presentación tras advertir cambios en el comportamiento de sus hijas. A partir de allí, se realizaron Cámaras Gesell, pericias informáticas y otras medidas probatorias.
Según informó la Fiscalía, el testimonio de una de las niñas coincidió con los informes técnicos, que indicaron la existencia de tocamientos.
El acusado fue imputado en diciembre de 2025 y permanece desde entonces con prisión preventiva.
Por tratarse de un delito contra una persona menor de edad, no se difunden datos identificatorios, en cumplimiento del Artículo 22 de la Ley 26.061, que protege la intimidad y confidencialidad de niñas, niños y adolescentes.


