La Justicia civil de La Rioja dictó una sentencia que marca un precedente en materia de responsabilidad por difamación en entornos digitales. Una mujer fue condenada a indemnizar con una suma cercana a los $30 millones a su ex pareja, un ex agente de la Policía de La Rioja, tras comprobarse un hostigamiento sistemático en redes sociales durante seis años.
El fallo se originó a partir de una relación que finalizó en 2019, momento desde el cual —según consta en el expediente— la mujer inició una serie de publicaciones ofensivas tanto desde su perfil personal como mediante cuentas falsas y anónimas.
Hostigamiento sostenido y daño comprobado
De acuerdo con la resolución judicial, el hombre sufrió un perjuicio social y laboral significativo. Las publicaciones incluían insultos reiterados como “cornudo”, “chizito” y “coimero”, además de acusaciones falsas vinculadas a su vida privada, incluso relacionadas con una supuesta enfermedad de transmisión sexual.
El tribunal consideró acreditado que el objetivo de estas acciones era dañar la reputación del damnificado, quien, al momento de los hechos, se desempeñaba como funcionario público, lo que agravó las consecuencias.
Como resultado de la exposición, se le inició un sumario administrativo que impactó directamente en su carrera, limitando sus posibilidades de ascenso.
Pruebas sin necesidad de peritaje informático complejo
Uno de los aspectos destacados del fallo es que la Justicia logró determinar la autoría de las publicaciones sin requerir una pericia informática compleja. A través de pruebas indiciarias y testimoniales, se comprobó que los mensajes difundidos desde cuentas anónimas tenían idéntico contenido, lenguaje y detalles personales que solo la mujer conocía.
El abogado del damnificado, Pablo Arrieta, subrayó: “No cualquiera puede decir cualquier cosa sin consecuencias”, al tiempo que remarcó que también se logró demostrar que una denuncia por violencia de género presentada en su momento era falsa y terminó siendo archivada.
Indemnización millonaria y obligación de retractarse
La sentencia fijó inicialmente una reparación cercana a los $4 millones, pero con la actualización por intereses acumulados durante el proceso —iniciado en 2020— el monto total asciende actualmente a aproximadamente $30 millones.
Además de la compensación económica, el fallo introduce un elemento novedoso: la mujer deberá publicar la sentencia en los mismos espacios digitales donde realizó las agresiones, como forma de reparación simbólica.
En caso de incumplimiento del pago, se habilitará un juicio ejecutivo que permitirá el embargo de bienes y activos.
Un precedente sobre el daño al honor en redes sociales
El caso refuerza la postura judicial sobre los límites de la libertad de expresión en plataformas digitales y consolida la idea de que las redes sociales no están exentas de responsabilidad civil por daños al honor.
La decisión se inscribe en una creciente tendencia de los tribunales argentinos a abordar con mayor rigor los casos de difamación online, especialmente cuando existe un impacto comprobable en la vida profesional y social de las víctimas.


