Reforma laboral: el Gobierno excluyó el aguinaldo, las horas extra y los bonos del cálculo de aportes sindicales

Más controles y transparencia en la administración de fondos gremiales

El Gobierno nacional reglamentó un nuevo aspecto de la reforma laboral mediante el Decreto 612/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial. La norma establece que el aguinaldo, las horas extra, los bonos y otros pagos no habituales dejarán de integrar la base sobre la que se calculan los aportes sindicales previstos en los convenios colectivos de trabajo.

La medida forma parte de la implementación de la Ley de Modernización Laboral y, según el Poder Ejecutivo, busca unificar criterios para la aplicación de las normas vigentes antes de la homologación de nuevos acuerdos colectivos, además de reforzar los mecanismos de transparencia en la administración de determinados fondos sindicales.

Qué cambia con el Decreto 612/2026

A partir de la entrada en vigencia de la norma, la base para calcular los aportes sindicales estará integrada únicamente por el salario básico convencional correspondiente a la categoría del trabajador y por las sumas remunerativas normales, habituales y de pago mensual establecidas en los convenios colectivos.

Hasta ahora, la ausencia de una definición precisa permitía distintas interpretaciones respecto de los conceptos que debían incluirse en el cálculo. Con esta reglamentación, el Gobierno fijó un criterio uniforme para los futuros acuerdos colectivos.

Conceptos que ya no se incluirán en el cálculo

El Decreto 612/2026 determina que los siguientes conceptos quedarán excluidos de la base de cálculo de los aportes sindicales:

  • Horas extras.
  • Premios y bonos.
  • Participación en las ganancias.
  • Sueldo Anual Complementario (aguinaldo).
  • Plus vacacional.
  • Sumas no remunerativas.
  • Cualquier otro pago que no sea normal, habitual y mensual.

De acuerdo con el Gobierno nacional, la decisión apunta a evitar interpretaciones que amplíen la base de cálculo y generen mayores costos laborales para empleadores y trabajadores durante las negociaciones colectivas.

Mayor transparencia en los fondos sindicales

El decreto también incorpora nuevas obligaciones para los sindicatos respecto de los recursos que reciban de los empleadores con fines sociales, asistenciales, previsionales o culturales.

En esos casos, los gremios deberán administrar esos fondos de manera separada del resto de su patrimonio y mantener documentación específica que permita garantizar una mayor trazabilidad y control sobre el destino de los recursos.

En los fundamentos de la medida, el Poder Ejecutivo sostiene que estas precisiones buscan “brindar certeza respecto del alcance de las disposiciones vigentes y asegurar su adecuada aplicación”, facilitando además el control de legalidad previo a la homologación de los convenios colectivos.

La reglamentación entró en vigencia este 20 de julio, fecha de su publicación en el Boletín Oficial, y representa un nuevo paso en la implementación de la reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional.