El Caburé: la Justicia ratificó la restitución provisoria del campo al Gobierno de San Luis y rechazó el sobreseimiento por usurpación

El Juzgado de Garantía Nº 4 mantuvo vigente la medida cautelar sobre el inmueble rural ubicado sobre la Ruta Provincial 27 y resolvió que la investigación penal continúe

La Justicia provincial resolvió mantener la restitución provisoria del establecimiento rural conocido como “El Caburé”, ubicado en el kilómetro 144 de la Ruta Provincial Nº 27, a favor del Gobierno de la provincia de San Luis. Además, rechazó el pedido de sobreseimiento formulado por la defensa de los imputados Alejandro René Viano y Alejandro Marcelo Ingaramo, quienes continúan investigados por el presunto delito de usurpación.

La restitución provisoria del campo continuará vigente

Este miércoles se desarrolló una audiencia multipropósito en el Juzgado de Garantía Nº 4, a cargo del juez Santiago Ortiz, donde la defensa solicitó el cese de la medida cautelar que restituyó provisoriamente el inmueble rural al Estado provincial y pidió el sobreseimiento de los dos imputados.

La presentación estuvo fundada en una resolución dictada por el Juzgado Civil Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial, que hizo lugar a una acción posesoria iniciada por la firma San Jorge Cereales y Hacienda.

Sin embargo, tanto el Ministerio Público Fiscal como la Fiscalía de Estado, en calidad de querellante, sostuvieron que la resolución civil no modifica la investigación penal, ya que ambas causas poseen objetos y plataformas fácticas diferentes.

Tras escuchar a las partes y luego de un cuarto intermedio, el magistrado resolvió rechazar el planteo de la defensa y mantener plenamente vigente la restitución provisoria del inmueble rural a favor del Gobierno de San Luis.

El juez consideró que la sentencia civil aún no está firme

Entre los fundamentos de la resolución, el juez destacó que la causa penal permanece en la etapa de investigación preparatoria y que la sentencia del fuero civil invocada por la defensa todavía no se encuentra firme ni ejecutoriada, ya que fue recurrida por la contraparte.

En ese sentido, sostuvo que modificar la situación actual podría alterar el estado de las cosas mientras la investigación continúa.

La resolución expresa:

“Ante la falta de firmeza del fallo civil y el riesgo procesal que reviste la alteración del statu quo habitacional, corresponde rechazar el pedido defensivo y ratificar la vigencia cautelar decretada en esta sede de garantías”.

También rechazaron el pedido de sobreseimiento

El juez además rechazó el pedido de sobreseimiento presentado por la defensa, al considerar que el Código Procesal Penal establece que la investigación debe continuar mientras la Fiscalía no haya concluido formalmente la etapa preparatoria.

Indicó que un sobreseimiento en esta instancia impediría el esclarecimiento de los hechos investigados.

Asimismo, ordenó que las partes soliciten la fijación de la audiencia correspondiente al inicio de la etapa intermedia del proceso.

La defensa interpuso un recurso de apelación contra la decisión.

Fiscalía de Estado: “La causa penal y la civil investigan hechos distintos”

Tras la audiencia, el representante de Fiscalía de Estado, Flavio Ávila, explicó que el planteo defensivo pretendía utilizar una sentencia civil para dejar sin efecto una medida cautelar dictada dentro de un proceso penal.

Según detalló, la acción civil fue iniciada en mayo de 2024 mediante un interdicto posesorio promovido por San Jorge Cereales y Hacienda, mientras que la causa penal investiga un episodio ocurrido el 26 de diciembre de 2025, cuando, según la acusación, Alejandro René Viano y Alejandro Marcelo Ingaramo habrían tomado posesión del establecimiento durante una constatación judicial, colocando un candado y permaneciendo en el lugar sin contar con un título que lo habilitara.

Ávila sostuvo que ambas causas son independientes y que la sentencia civil “no tiene relación con la plataforma fáctica” investigada en el expediente penal.

La acusación penal continúa su curso

El representante de la querella recordó que la formulación de cargos por usurpación ya fue confirmada por el Tribunal de Impugnaciones y que el expediente avanza hacia la etapa de acusación.

Según indicó, el Ministerio Público Fiscal solicitó una pena de dos años de prisión de ejecución condicional para ambos imputados.

Además, aclaró que la investigación sobre el maíz secuestrado constituye otro expediente penal independiente y remarcó que la hipótesis sostenida por la Fiscalía es que esa producción pertenece al Gobierno de la provincia de San Luis.

Quiénes participaron de la audiencia

La audiencia se llevó a cabo en el Juzgado de Garantía Nº 4, con la intervención del juez Santiago Ortiz y la secretaria Daniela López Martín.

Por el Ministerio Público Fiscal participaron el fiscal de Instrucción Nº 3, José Olguín, mientras que Flavio Ávila intervino en representación de la Fiscalía de Estado como querellante.

También estuvieron presentes el imputado Alejandro René Viano, quien ejerció su propia defensa y la de Alejandro Marcelo Ingaramo.