En un caso que generó polémica en Villa Mercedes, la jueza a cargo del Juzgado de Garantías N° 3, Mirta Ucelay, decidió no formular cargos contra tres personas acusadas de robar una panadería. ¿La razón? El allanamiento policial que llevó a su detención no cumplió con las garantías constitucionales a falta de una orden, y la jueza no puede actuar fuera de la ley, por más grave que sea el delito.
El hecho ocurrió el 15 de febrero, cuando dos hombres ingresaron a una panadería de la calle Lisandro de la Torre.
Uno de ellos apuntó con un arma a los presentes, mientras el otro vaciaba la caja registradora y se llevaba un celular. Los testigos aseguraron que los delincuentes huyeron en un auto que los esperaba en la calle Italia.
Sin embargo, el problema no fue el robo, sino cómo se realizó el procedimiento de detención en el caso. Durante la audiencia del 17 de febrero, la defensora oficial cuestionó las formas, señalando que el allanamiento no cumplió con las garantías constitucionales. La fiscalía estuvo de acuerdo y pidió la nulidad del proceso.
La jueza Ucelay entendió que, aunque el delito es grave, la ley no permite el arresto en esta instancia. Hubo una conducta –quizás realizada en la premura del caso– que no es legal. Sin embargo, Tampoco ordenó la libertad de los acusados, ya que ese trámite corresponde a la fiscalía.

Este caso pone en evidencia un tema clave: los jueces no pueden actuar por fuera de la ley, incluso cuando los delitos son graves. Su rol es garantizar que se respeten los derechos y trabajar en conjunto con la policía que debe apegarse a los procedimientos legales para poder avanzar.
Pero el hecho de la no formulación de cargos en este momento, no implica que los delincuentes no sufrirán las consecuencias, ya que la situación es una particularidad administrativa, y que la Fiscalía tiene suficientes pruebas para formular acusaciones en el caso.


