El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) anuló este viernes la condena de cuatro años y medio de prisión contra el exfutbolista Dani Alves, acusado de violar a una joven en una discoteca de Barcelona en diciembre de 2022. La sala de apelaciones –integrada por tres jueces y una jueza– determinó que el testimonio de la víctima “no era suficiente” para mantener el fallo y aplicó el derecho a la presunción de inocencia.
La decisión, difundida por la cadena SER, desestimó los recursos de la Fiscalía y la acusación particular, que pedían aumentar la pena. Además, dejó sin efecto las medidas accesorias: cinco años de libertad vigilada, una orden de restricción por nueve años y el pago de 150.000 euros a la denunciante.
¿Por qué lo absolvieron?
El tribunal señaló que el fallo inicial contenía “vacíos, imprecisiones e inconsistencias” y cuestionó la “fiabilidad” del testimonio de la joven, especialmente en los hechos “objetivamente comprobables” (las grabaciones de seguridad). Según el TSJC, las imágenes mostraban “cercanía” entre ambos, contradiciendo parcialmente su relato.
“No se han superado los estándares que exige la presunción de inocencia”, afirmó el tribunal, citando normativas de la Unión Europea. Pese a que la jueza inicial reconoció “desajustes” en la declaración, el TSJC consideró que no había pruebas suficientes para confirmar la agresión.
Reacciones y contexto
Alves, quien ya cumplió un año en prisión preventiva, había sido condenado en febrero de 2024. El caso generó un debate internacional sobre violencia de género y justicia, especialmente por el perfil del acusado: una estrella del Barcelona y la selección brasileña.
La resolución reabre la polémica: mientras colectivos feministas critican el mensaje hacia las víctimas, los defensores de Alves celebran que “prevaleció la presunción de inocencia”.


