Reforma laboral: el detalle de los cambios que genera mayor preocupación

Indemnizaciones, vacaciones, banco de horas y servicios por plataformas entre los ejes más sensibles

En el marco de las reformas económicas de “segunda generación”, el Gobierno presentó en sesiones extraordinarias su proyecto de “modernización laboral”, un paquete de modificaciones que actualiza la Ley de Contrato de Trabajo con un enfoque flexibilizador. La iniciativa apunta a reducir costos empresariales y reconfigurar la negociación colectiva, algo que los gremios interpretan como un retroceso en derechos adquiridos.

Las centrales sindicales —la CGT y las dos CTA— reaccionaron en alerta al considerar que la reforma no garantiza mejoras en productividad ni promueve inversiones, tal como argumenta el Poder Ejecutivo.

El debate comenzaría en el Senado, mientras que la Cámara de Diputados avanzará en paralelo con el Presupuesto 2026 y la Ley de Inocencia Fiscal.

Principales modificaciones incluidas en el borrador oficial

Presunción de contrato de trabajo

La normativa vigente presume relación laboral cuando existe prestación de servicios. Con la reforma, esta presunción no aplicará en contrataciones por obra, servicios profesionales u oficios que funcionen bajo facturación, es decir, sin relación de dependencia.

Responsabilidad solidaria

Se elimina la responsabilidad solidaria automática de empresas principales frente a tercerizadas. Solo habrá solidaridad cuando existan maniobras fraudulentas o conducción temeraria.

Pago en moneda extranjera

El empleador podrá remunerar en moneda extranjera si así lo conviene con el trabajador. Además, todos los pagos deberán acreditarse en cuentas bancarias o billeteras autorizadas.

Vacaciones

El período obligatorio para otorgarlas se fija entre el 1.º de octubre y el 30 de abril. La notificación deberá hacerse con 45 días de anticipación y podrán fraccionarse en tramos mínimos de 7 días.

Banco de horas

Se habilita la compensación de horas entre jornadas, siempre que no se exceda el máximo semanal que establezca la ley o el convenio colectivo.

Preaviso

Para trabajadores con más de 5 años de antigüedad, el preaviso será de dos meses. Para quienes tengan menos, se mantiene el mes actual.

Indemnización por despido

Se mantiene el criterio de un mes por año trabajado, pero sin incluir conceptos no mensuales como aguinaldo, vacaciones o premios.

Despido anticipado en contratos a plazo

El trabajador despedido sin causa antes del vencimiento del contrato ya no podrá reclamar daños y perjuicios, solo la indemnización correspondiente.

Fondo de cese laboral

Los convenios colectivos podrán acordar un fondo de cese que reemplace al régimen indemnizatorio tradicional, con aporte patronal.

Contribuciones patronales

Habrá una reducción de 3 puntos para empleadores que aporten a los Fondos de Asistencia Laboral.

Período de prueba

Se mantiene en 6 meses, con posibilidad de ampliación para PyMEs por convenio colectivo. No podrá utilizarse más de una vez por trabajador.

Repartidores por plataformas

Se garantiza la libertad de conexión, elección de horarios, aceptación o rechazo de pedidos y la forma de prestación del servicio. Las empresas deberán proveer elementos de seguridad vial.

Ultraactividad de convenios colectivos

Los convenios vencidos mantendrán vigentes solo sus cláusulas normativas, hasta que haya nuevo acuerdo. Las obligacionales solo continuarán por acuerdo de partes.

Tutela sindical

La protección plena aplicará únicamente a delegados titulares. Los suplentes conservarán estabilidad relativa. Los delegados tendrán hasta 10 horas mensuales pagas para tareas gremiales, sin interrumpir la actividad laboral.

Infracciones muy graves

Se tipifican como faltas gravísimas acciones como:

  • Afectar la libertad de trabajo mediante intimidación.

  • Organizar bloqueos o impedir accesos.

  • Provocar daños en bienes de la empresa o terceros.

Formación laboral básica

Se crea un Programa de Formación Laboral Básica destinado a personas que no hayan adquirido competencias mínimas para incorporarse al mercado de trabajo.