Amenazas en escuelas por redes sociales: el Gobierno modificó el protocolo policial para actuar ante riesgos graves

La nueva normativa limita el tratamiento de datos de menores sin orden judicial, pero habilita excepciones cuando exista peligro para la vida o amenazas de violencia masiva.

El Gobierno nacional modificó el protocolo de actuación de las fuerzas de seguridad frente a delitos informáticos y amenazas difundidas en redes sociales, con especial foco en los casos que involucren a niñas, niños y adolescentes.

La medida fue oficializada mediante la Resolución 725/2026, publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina, y busca adecuar la intervención policial al crecimiento de amenazas de violencia masiva en establecimientos educativos propagadas a través de plataformas digitales.

Qué cambia con el nuevo protocolo

La resolución establece que el personal de las fuerzas de seguridad deberá respetar lo dispuesto por la Ley de Protección de Datos Personales N.º 25.326, prohibiendo expresamente el tratamiento de datos sensibles o publicaciones realizadas por menores de edad sin la correspondiente autorización judicial.

Asimismo, determina que, cuando exista certeza o presunción de que una tarea de prevención en el ciberespacio involucra a un menor, la actividad deberá suspenderse, dejarse asentada en el libro de registro y notificarse de inmediato a la autoridad competente.

Las cinco excepciones que permiten continuar la investigación

La normativa incorpora una modificación central al establecer cinco situaciones excepcionales en las que las fuerzas de seguridad podrán continuar con las tareas preventivas sin necesidad de interrumpir la investigación.

Entre ellas se encuentran:

  • Riesgo para la vida o integridad física del menor.
  • Indicios de desamparo, fuga o sustracción del entorno familiar.
  • Conductas autolesivas o riesgo de suicidio, aun cuando no exista certeza sobre la inminencia del daño.
  • Cuando el menor sea presunta víctima de un delito en curso en el ámbito digital y resulte indispensable mantener el monitoreo para prevenirlo o esclarecerlo.
  • Existencia de indicios fundados de amenazas o planificación de hechos de violencia masiva, especialmente en establecimientos educativos o espacios públicos, cuando exista peligro para otros menores o para la comunidad.

En estos casos, el personal actuante deberá dejar constancia detallada de los motivos que justificaron la continuidad de la intervención y comunicar inmediatamente la situación a la autoridad responsable de la investigación.

Respuesta ante el aumento de amenazas en escuelas

Desde el Ministerio de Seguridad Nacional señalaron que la modificación responde al incremento de amenazas de violencia masiva dirigidas contra escuelas y difundidas mediante redes sociales.

Las autoridades consideran que la normativa anterior presentaba limitaciones para responder con rapidez en situaciones de urgencia, por lo que se ampliaron los supuestos excepcionales para permitir una intervención más eficaz sin dejar de resguardar los derechos de los menores.

Más herramientas para combatir el ciberdelito

La resolución se enmarca en las políticas impulsadas por el Plan Federal de Prevención de Ciberdelitos y Gestión Estratégica de la Ciberseguridad 2025-2027, aprobado mediante la Resolución 72/25, que reconoce la evolución permanente del ciberdelito y la necesidad de actualizar las herramientas de prevención e investigación.

Además, recuerda que la Resolución 19/25 creó el Programa de Fortalecimiento en Ciberseguridad e Investigación del Cibercrimen (FORCIC), destinado a fortalecer la detección, análisis e investigación de delitos informáticos y mejorar la respuesta estatal frente a incidentes cibernéticos.

Según el texto oficial, el objetivo es lograr un equilibrio entre la protección de los derechos y garantías de los menores y la necesidad de actuar con rapidez ante amenazas que puedan poner en riesgo la vida, la integridad física o la seguridad de la comunidad educativa.