ARCA actualizó las escalas del Monotributo: cuánto puede facturar por mes cada categoría sin superar los límites

Los nuevos parámetros ya se utilizan para la recategorización y establecen los topes de facturación anual y su equivalente mensual orientativo para cada monotributista.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó las escalas del Monotributo, con nuevos límites de facturación que regirán desde el 1 de agosto de 2026. Los valores ya se toman como referencia para la recategorización que los contribuyentes deben realizar dentro del plazo establecido por el organismo.

La actualización responde al ajuste semestral previsto por la normativa, que contempla la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Además de elevar los topes de ingresos, también incrementa las cuotas mensuales de cada categoría.

Cuánto puede facturar por mes cada categoría del Monotributo

Si bien ARCA evalúa la facturación acumulada de los últimos 12 meses y no un límite mensual, estos son los montos orientativos que surgen al dividir el tope anual por 12:

  • Categoría A: hasta $1.000.784,20 por mes.
  • Categoría B: hasta $1.466.265,23 por mes.
  • Categoría C: hasta $2.055.874,53 por mes.
  • Categoría D: hasta $2.552.387,62 por mes.
  • Categoría E: hasta $3.002.352,61 por mes.
  • Categoría F: hasta $3.762.638,28 por mes.
  • Categoría G: hasta $4.499.649,91 por mes.
  • Categoría H: hasta $6.827.055,03 por mes.
  • Categoría I: hasta $7.641.646,83 por mes.
  • Categoría J: hasta $8.751.043,27 por mes.
  • Categoría K: hasta $10.550.903,23 por mes.

Qué debe tener en cuenta cada monotributista

La categoría no depende únicamente de la facturación. ARCA también considera otros parámetros, como:

  • Ingresos brutos acumulados de los últimos 12 meses.
  • Superficie destinada a la actividad.
  • Consumo de energía eléctrica.
  • Alquileres devengados, cuando corresponda.

El organismo recordó que el análisis se realiza sobre la facturación devengada, es decir, las facturas emitidas dentro del período considerado, independientemente de cuándo se cobren. Por ese motivo, el cálculo mensual es solo una referencia y no el criterio utilizado para determinar la categoría.

Recategorización: hasta cuándo hay tiempo

Los contribuyentes que hayan modificado su nivel de actividad deberán realizar la recategorización utilizando los nuevos parámetros. El trámite permanecerá habilitado hasta el 5 de agosto, mientras que las nuevas escalas y cuotas comenzarán a aplicarse desde agosto de 2026.