Caso Molino Fénix: ordenaron la prisión preventiva de Anabela Lucero y otros dos imputados

La Justicia amplió los cargos contra cinco acusados y dispuso que Anabela Lucero, Enzo Lucero y Exequiel Scarel sean alojados durante 60 días en el Servicio Penitenciario Provincial.

La Justicia de San Luis ordenó este lunes la prisión preventiva de Anabela Lucero, Enzo Lucero y Exequiel Scarel en el marco de la investigación por presuntas maniobras delictivas vinculadas con la Casa de la Música del Complejo Molino Fénix, en Villa Mercedes.

La resolución fue adoptada tras una audiencia de aproximadamente siete horas desarrollada ante el Juzgado de Garantía N.º 4, a cargo del juez Santiago Ortiz. El magistrado fijó la medida de coerción por 60 días, que deberán cumplirse en el Servicio Penitenciario Provincial.

Además, la Justicia hizo lugar a una ampliación de la formulación de cargos contra Anabela Lucero, Joaquín Beltrán, Enzo Lucero, Exequiel Scarel y Diego Torres por los delitos de administración fraudulenta y ocultamiento y destrucción de evidencia.

En cuanto a la imputación por asociación ilícita, se formularon cargos contra Anabela Lucero y Joaquín Beltrán como presuntos jefes de la organización, mientras que los restantes acusados fueron imputados como partícipes necesarios.

La Fiscalía estima un perjuicio de $900 millones

Durante la audiencia, el fiscal de Instrucción N.º 3, José Olguín, expuso la teoría del caso del Ministerio Público Fiscal y sostuvo que las presuntas maniobras se habrían desarrollado entre 2020 y 2023, en perjuicio de la administración pública.

Según la acusación fiscal, los imputados habrían aprovechado las funciones que desempeñaban en el Molino Fénix para disponer de fondos públicos en beneficio propio o de terceros mediante diferentes mecanismos presuntamente irregulares.

La Fiscalía estimó, en esta instancia de la investigación, un perjuicio económico cercano a los $900 millones.

Entre las maniobras investigadas aparecen supuestas contrataciones directas con empresas radicadas fuera de la provincia, firmas que no figuraban como proveedores del Estado y contrataciones de bienes o servicios que, según la acusación, no guardaban relación con las actividades desarrolladas en el complejo.

El Ministerio Público Fiscal aseguró además que, de 116 cheques relevados durante la investigación, solamente cuatro se encontraban en orden, elemento que forma parte de la evidencia presentada para sostener la hipótesis de un presunto desvío de fondos hacia terceras personas.

La Fiscalía de Estado, constituida como querellante, acompañó el planteo y destacó la magnitud del supuesto daño económico investigado.

Asociación ilícita y presunta división de funciones

Otro de los ejes de la audiencia estuvo centrado en la imputación por asociación ilícita.

La Fiscalía sostuvo que habría existido un acuerdo entre varias personas, mantenido durante el período comprendido entre 2020 y 2023, con una presunta división de funciones destinada a cometer diferentes delitos.

Dentro de esa hipótesis, el Ministerio Público Fiscal mencionó la supuesta utilización de servicios y vehículos para la campaña electoral de Anabela Lucero, además de una presunta red de pagos y la participación de los acusados en más de diez hechos.

Entre los episodios investigados se encuentra lo ocurrido el 9 de diciembre de 2023, cuando, según la acusación, se habría producido el vaciamiento de la Casa de la Música del Molino Fénix.

Estas circunstancias forman parte de la teoría fiscal y deberán ser acreditadas durante el avance del proceso judicial.

Investigan destrucción y ocultamiento de evidencia

La acusación también incorporó el delito contemplado en el artículo 255 del Código Penal, relacionado con la sustracción, alteración, ocultamiento, destrucción o inutilización de elementos destinados a servir como prueba.

De acuerdo con la Fiscalía, durante 2023 y ante la proximidad del cambio de gestión provincial, se habrían sustraído o destruido elementos vinculados con la administración del complejo.

Entre los hechos mencionados aparece la presunta destrucción de registros contables en un horno de barro.

La acusación también sostuvo que Joaquín Beltrán y Anabela Lucero habrían eliminado evidencia digital de sus teléfonos celulares. Las defensas cuestionaron tanto la validez como la forma de incorporación de diferentes elementos probatorios al expediente.

Anabela Lucero aseguró que se trata de una “causa política”

Durante la audiencia también declararon algunos de los imputados.

Joaquín Beltrán hizo referencia a auditorías, facturas, cheques y circuitos de pagos y rechazó la existencia de perjuicios o irregularidades en las contrataciones investigadas.

Por su parte, Anabela Lucero sostuvo que se encuentra frente a una “causa política”, cuestionó la investigación y afirmó que existe una persecución en su contra.

Las defensas rechazaron las nuevas imputaciones y plantearon distintos cuestionamientos sobre la evidencia incorporada por la Fiscalía.

El abogado Esteban Bustos Bridaroli, defensor de Lucero, sostuvo que no se habrían determinado adecuadamente los roles necesarios para configurar una asociación ilícita y cuestionó la acreditación del perjuicio económico.

Las defensas de Beltrán, Scarel, Torres y Enzo Lucero también se opusieron a la ampliación de cargos y señalaron, con diferentes argumentos, que la acusación no habría individualizado suficientemente las conductas atribuidas a cada imputado.

El juez rechazó los principales planteos y resolvió hacer lugar a la ampliación de la formulación de cargos.

Prisión preventiva por 60 días

Uno de los puntos centrales de la resolución fue la imposición de prisión preventiva por 60 días para Anabela Lucero, Enzo Lucero y Exequiel Scarel.

La medida deberá cumplirse en el Servicio Penitenciario Provincial.

Entre los fundamentos considerados por el magistrado aparecen las pruebas que todavía se encuentran pendientes de producción, incluidas pericias contables e informáticas, además de entrevistas destinadas a determinar la eventual participación de otras personas.

El juez también señaló que, con excepción de Joaquín Beltrán, los imputados no habrían presentado hasta esta instancia una teoría del caso capaz de contraponerse a la sostenida por el Ministerio Público Fiscal.

Las defensas habían solicitado medidas de coerción menos gravosas y rechazaron el pedido de encarcelamiento preventivo.

Tras conocerse la decisión, las defensas de Anabela Lucero, Enzo Lucero y Exequiel Scarel dejaron planteados recursos de revisión. La Fiscalía, por su parte, cuestionó el plazo de 60 días establecido para la medida.

Fiscalía pidió el desafuero de Joaquín Beltrán

La situación de Joaquín Beltrán presenta una particularidad debido a su condición de diputado provincial.

Ante el pedido fiscal para que también se le imponga prisión preventiva, el juez explicó que no podía resolver la medida mientras el legislador mantenga sus fueros.

Por ese motivo, el Ministerio Público Fiscal deberá librar un oficio a la Cámara de Diputados de San Luis para que se inicie el procedimiento correspondiente de desafuero.

En caso de que prospere ese trámite, la Justicia podrá posteriormente expedirse sobre la prisión preventiva solicitada contra el legislador.

Diego Torres continuará sin prisión preventiva

La Fiscalía no solicitó prisión preventiva para Diego Torres.

El fiscal José Olguín fundamentó esa decisión en que Torres se mantuvo a derecho durante el proceso y fue el único de los imputados que se presentó espontáneamente ante la Justicia.

Según el representante del Ministerio Público Fiscal, en su caso no existiría actualmente el mismo peligro procesal atribuido a los otros acusados.

Una causa que continuará con nuevas pericias

La investigación por el caso Molino Fénix continuará ahora con la producción de nuevas medidas probatorias.

Durante la audiencia, las defensas de Diego Torres, Exequiel Scarel y Enzo Lucero solicitaron la devolución de teléfonos celulares secuestrados y plantearon cuestionamientos sobre la cadena de custodia y la legalidad de determinadas evidencias.

El pedido no prosperó. La Fiscalía anticipó que, ante el nuevo estado procesal de la causa, podría requerir nuevas pericias sobre los dispositivos electrónicos para determinar si contienen otros elementos de interés para la investigación.

La causa continúa abierta y las imputaciones formuladas corresponden a esta etapa del proceso, por lo que los acusados mantienen su estado de inocencia mientras no exista una sentencia condenatoria firme.