Caso Molino Fénix: rechazaron apartar al juez y la defensa de Anabela Lucero expresó preocupación por su salud

Santiago Ortiz continuará al frente de la causa; Adriel Cabello anunció que apelará y denunció públicamente una situación de “alta preocupación” por el estado de salud de la exdiputada

El juez de Garantía N° 4, Santiago Ortiz, rechazó el planteo de incompetencia presentado por la defensa de Anabela Lucero y mantuvo su intervención en la causa que investiga presuntas irregularidades vinculadas al Complejo Molino Fénix y la Casa de la Música. En paralelo, el abogado Adriel Cabello expresó públicamente su preocupación por la salud de la exdiputada y denunció supuestas dificultades para acceder a atención médica mientras permanece detenida.

Lucero continúa alojada preventivamente en el Servicio Penitenciario Provincial, mientras avanza la investigación judicial. Su defensa había cuestionado la competencia de Ortiz y solicitado que el expediente pasara al Juzgado de Garantías N° 1, a cargo de Alfredo Cuello.

Cabello sostuvo que debían considerarse las fechas de los hechos investigados para establecer qué juzgado correspondía que interviniera.

En particular, señaló que el 9 de diciembre de 2023, cuando según la investigación se produjo el saqueo y vaciamiento de las instalaciones del Molino Fénix, se encontraba de turno el Juzgado de Garantías N° 1. Sobre esa base solicitó que fuera ese tribunal el que continuara con la causa.

El fiscal José Olguín se opuso al planteo. Consideró que la defensa había tomado una fecha puntual dentro de una investigación que comprende distintos episodios.

Según explicó la Fiscalía, la administración fraudulenta y la asociación ilícita fueron consideradas delitos continuados, mientras que otros hechos investigados tendrían carácter independiente. Olguín sostuvo además que el planteo resultaba infundado e improcedente en esa instancia.

La querella, representada por Flavio Ávila, adhirió a la postura del Ministerio Público Fiscal.

Los argumentos de Santiago Ortiz

Al fundamentar su decisión, Santiago Ortiz explicó que la cuestión de la competencia había sido analizada desde el inicio del expediente.

Para resolverla tuvo en cuenta tres elementos: el ingreso de la denuncia al sistema judicial, el primer hecho incorporado a la investigación y las medidas que su juzgado ya había dispuesto sobre ese episodio.

La denuncia fue presentada el 22 de marzo de 2024, fecha en la que Ortiz se encontraba de turno.

El magistrado también consideró un episodio ocurrido el 15 de junio de 2023. De acuerdo con la acusación, esa noche los imputados habrían reunido bienes pertenecientes al Estado con el objetivo de trasladarlos hacia otro lugar. El Juzgado de Garantía N° 4 ya había dispuesto medidas investigativas relacionadas con ese hecho.

Ortiz se refirió además a la diferencia entre un delito continuado y una serie de hechos independientes y señaló que esa distinción había sido contemplada al analizar la competencia.

“No fue un capricho quedarme con la causa”, sostuvo el magistrado, quien recordó además que anteriores planteos de incompetencia y recusación fueron tramitados.

Finalmente, rechazó el pedido de la defensa y resolvió continuar interviniendo en el expediente.

Adriel Cabello adelantó que apelará la decisión.

La defensa expresó preocupación por la salud de Anabela Lucero

En paralelo con la discusión procesal, la defensa de Anabela Lucero hizo pública su preocupación por el estado de salud de la exdiputada y por las condiciones en las que permanece detenida.

De acuerdo con un documento difundido por su defensa, Lucero habría sufrido un golpe durante una actividad desarrollada el 17 de septiembre en el Servicio Penitenciario Provincial y posteriormente fue trasladada a la Maternidad Teresita Baigorria, donde le indicaron una consulta con un cirujano y estudios prequirúrgicos.

Según el mismo documento, posteriormente presentó dolor, inflamación y episodios de presión arterial elevada. La defensa sostiene que personal de Sanidad controló regularmente su presión, pero denuncia que no se le habría suministrado medicación antihipertensiva.

El 28 de septiembre, siempre según la versión de sus abogados, Lucero sufrió una nueva descompensación y fue trasladada nuevamente a una guardia médica.

Ese día tenía prevista una consulta mediante videollamada con un cirujano que había sido autorizada por el juez Ortiz. La defensa sostiene que la comunicación no pudo realizarse inicialmente debido a que el Servicio Penitenciario habría argumentado falta de personal disponible.

Ante esa situación, los abogados Adriel Cabello y Esteban Bustos presentaron un hábeas corpus para reclamar que se garantizara la atención médica.

Según la documentación aportada, el 29 de septiembre el Juzgado de Garantías N° 4 ordenó que se concretara la consulta y que se proporcionaran los medicamentos correspondientes. También requirió un informe sobre lo ocurrido y el resguardo de los libros de guardia y registros de personal.

La defensa informó además que Lucero había sido trasladada esa jornada al Hospital Central Ramón Carrillo para realizar estudios y que posteriormente pudo concretar la videollamada con el cirujano.

Una sanción de aislamiento cuestionada por los abogados

Otro de los puntos denunciados por la defensa está relacionado con una sanción disciplinaria impuesta a Lucero.

Según el documento presentado, después de concretar la consulta médica recibió una sanción de cinco días de aislamiento por haber tocado el mouse de una computadora durante una audiencia judicial realizada aproximadamente dos semanas antes.

Los abogados cuestionaron la medida al sostener que profesionales del sistema público de salud le habrían indicado evitar situaciones de estrés y mantener una dieta estricta.

Se trata de señalamientos formulados por la defensa de Lucero sobre las condiciones de detención y atención sanitaria. La documentación aportada no permite establecer de manera independiente las circunstancias en las que se habría producido el golpe ni acreditar responsabilidades por los hechos denunciados.

La exdiputada se encuentra bajo prisión preventiva, por lo que la medida cautelar no constituye una condena ni determina responsabilidad penal sobre los delitos que se investigan.

Reserva de cuestiones personales y de salud

Durante la audiencia por la competencia del juzgado, Cabello también solicitó que las actuaciones relacionadas con situaciones personales, de salud e íntimas fueran reservadas frente a terceras personas.

La Fiscalía y la querella señalaron que se trata de una causa pública y remarcaron la necesidad de garantizar la transparencia, aunque no formularon objeciones respecto de la protección de información estrictamente íntima o personal.

El juez hizo lugar parcialmente al pedido y dispuso mantener bajo reserva solamente las actuaciones que contengan información personal, sanitaria o íntima. Las medidas vinculadas directamente con el avance de la investigación continuarán siendo públicas.

Los imputados en la causa Molino Fénix

La investigación tiene como imputados a Anabela Lucero, Joaquín Beltrán, Enzo Lucero, Exequiel Scarel, Diego Torres y Christian Becher.

Becher fue incorporado recientemente al expediente y está acusado de asociación ilícita y fraude a la administración pública, en carácter de partícipe necesario.

La causa investiga una serie de hechos denunciados en el Complejo Molino Fénix y la Casa de la Música, vinculados con la administración de esos espacios y el manejo de fondos, bienes y documentación.

Las imputaciones y las hipótesis sostenidas por la Fiscalía deberán ser acreditadas durante el proceso judicial y no implican, por sí mismas, una determinación de responsabilidad penal.