El Tribunal de Juicio declaró penalmente responsable a Federico Emanuel Sosa por el delito de homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego, y le impuso una condena de 12 años de prisión. El hecho ocurrió el 25 de diciembre de 2024, durante la mañana de Navidad, en el ingreso de una vivienda donde Sosa y la víctima, Lucas Pastrán, se habían encontrado con fines de compraventa de estupefacientes.
Según la reconstrucción del caso, tras una discusión en la que Pastrán golpeó a Sosa, este último extrajo un arma de fuego y disparó a la víctima cuando intentaba huir. El proyectil impactó en su espalda desde una distancia de entre 5 y 7 metros, provocando su muerte por herida de bala que comprometió el pulmón y el hígado.
En su resolución, el tribunal ponderó como atenuantes la primariedad delictual y la confesión espontánea del acusado, mientras que consideró como agravantes las circunstancias de modo y lugar del hecho.
El tribunal estuvo compuesto por la Dra. Virna Eguinoa (presidenta), la Dra. Cintia Martin y Sebastián Cadelago Filippi (vocales), y contó con la intervención del secretario Dr. José Domínguez Molto.
Durante los alegatos, el Fiscal de Juicio, Dr. Maximiliano Bazla, sostuvo que estaba debidamente acreditada la autoría del hecho. Remarcó las pruebas forenses, los testimonios y la reconstrucción del hecho, aunque descartó la figura de alevosía por falta de sustento probatorio. Solicitó una condena de 13 años.
Por su parte, la Defensa, a cargo del Dr. Pascual Celdrán, pidió contemplar el mínimo legal, aludiendo a las condiciones personales de Sosa, entre ellas la vulnerabilidad social, la falta de acceso a educación y trabajo, y un temor previo por la conducta de la víctima. Además, destacó la confesión inmediata del acusado y sostuvo que la intencionalidad no debía ser considerada como agravante.


