La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó las nuevas escalas del Monotributo, actualizadas de acuerdo con la variación semestral del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Con la publicación de los nuevos valores, los pequeños contribuyentes ya pueden verificar si deben modificar su categoría y evitar inconvenientes o futuras sanciones.
La recategorización es un trámite obligatorio únicamente para quienes, al analizar los últimos 12 meses de actividad, comprueben que sus ingresos, superficie afectada, consumo de energía eléctrica o alquileres devengados ya no se corresponden con la categoría en la que están inscriptos.
¿Hasta cuándo hay tiempo para recategorizarse?
Según informó ARCA, la fecha límite para realizar la recategorización es el 5 de agosto. Hasta ese día, quienes deban cambiar de categoría podrán hacerlo sin sufrir penalidades ni quedar expuestos a una recategorización de oficio.
Una vez vencido el plazo, el organismo podrá revisar la situación fiscal de aquellos contribuyentes que no hayan realizado el trámite pese a estar obligados a hacerlo.
¿Quiénes deben realizar el trámite?
La recategorización corresponde a quienes hayan registrado cambios en alguno de estos parámetros durante los últimos doce meses:
- Ingresos brutos.
- Superficie destinada a la actividad.
- Consumo anual de energía eléctrica.
- Monto de los alquileres devengados, si corresponde.
En cambio, no deben realizar ninguna gestión quienes mantienen los mismos parámetros de su categoría actual o quienes llevan menos de seis meses de actividad dentro del régimen simplificado.
¿Cómo hacer la recategorización?
El procedimiento puede realizarse de manera completamente digital ingresando al portal de Monotributo con CUIT y Clave Fiscal.
Además, ARCA mantiene disponible la recategorización simplificada, un sistema que muestra automáticamente la facturación anual registrada por el organismo. El contribuyente solo debe confirmar la categoría sugerida o corregir la información si corresponde.
¿Qué pasa si no se realiza el trámite?
Si un contribuyente estaba obligado a recategorizarse y no lo hace dentro del plazo establecido, ARCA podrá iniciar una recategorización de oficio utilizando la información fiscal disponible, como compras, gastos y acreditaciones vinculadas con la actividad económica.
En esos casos, la notificación llegará al Domicilio Fiscal Electrónico, y el contribuyente tendrá la posibilidad de presentar una apelación dentro de los plazos previstos por la normativa.
Desde cuándo rigen los nuevos valores
Las escalas y montos actualizados comenzarán a aplicarse desde el 1 de agosto de 2026, por lo que la cuota correspondiente a ese período ya reflejará la categoría vigente luego de la recategorización.


