Reforma laboral: los cambios clave en contratos, sindicatos y derecho de huelga tras la media sanción en Diputados

Diputados mantuvo el texto del Senado y eliminó el artículo sobre enfermedades y accidentes de trabajo

Impacta en convenios colectivos, indemnizaciones, plataformas y Justicia Laboral

La Cámara de Diputados de la Nación aprobó el proyecto de reforma laboral y mantuvo el texto que había recibido media sanción en el Senado, aunque eliminó el artículo vinculado a enfermedades y accidentes de trabajo. El oficialismo intentará convertir la iniciativa en ley en la próxima sesión de la Cámara alta.

La norma introduce modificaciones sustanciales en la Ley de Contrato de Trabajo, en la Ley de Asociaciones Sindicales y en el régimen de negociación colectiva. También establece límites al derecho de huelga, redefine el encuadre de trabajadores de plataformas digitales y dispone cambios en la Justicia Laboral.

Convenios colectivos y negociación por empresa

El proyecto dispone que los convenios colectivos de ámbito mayor no podrán modificar los de ámbito menor, lo que habilita una mayor descentralización de la negociación. Esto fortalece los acuerdos por empresa y reduce el peso de los sindicatos en la representación colectiva.

Además, elimina el principio de ultraactividad plena: los convenios vencidos no mantendrán todos sus efectos hasta la firma de uno nuevo, sino únicamente las normas sobre condiciones de trabajo.

Salario “dinámico” y pago en moneda extranjera

Se habilita la incorporación de componentes salariales “dinámicos” —fijos, variables o transitorios— que podrán acordarse en negociaciones colectivas o incluso por decisión unilateral del empleador.

También se incorpora la posibilidad de que la remuneración sea abonada en moneda extranjera, además de la moneda nacional y otras modalidades ya contempladas por la legislación vigente.

Indemnizaciones y juicios laborales

Se mantiene el criterio de un mes de sueldo por año trabajado como base indemnizatoria, pero se excluyen de la liquidación conceptos no mensuales como el aguinaldo, vacaciones o premios extraordinarios.

En cuanto a sentencias judiciales, se habilita el pago en hasta 6 cuotas mensuales (12 en el caso de Pymes), ajustadas por IPC más un interés del 3% anual. El monto final dependerá de la interpretación judicial.

Además, se elimina la responsabilidad solidaria de la empresa principal en contrataciones de terceros.

Fondo de Asistencia Laboral y banco de horas

Se crea el Fondo de Asistencia Laboral, financiado con aportes del 1% para grandes empresas y 2,5% para micro, pequeñas y medianas empresas. A cambio, las firmas recibirán descuentos en contribuciones patronales destinadas a ANSES.

Se incorpora el sistema de banco de horas, permitiendo compensar jornadas más extensas con reducciones posteriores, con un máximo de 12 horas diarias y descanso obligatorio equivalente.

Vacaciones, antigüedad y certificados médicos

Las vacaciones deberán otorgarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril y podrán dividirse en períodos no menores a siete días, con notificación previa de 45 días.

Se computará como antigüedad el tiempo previo si el trabajador reingresa al mismo empleador, salvo que hayan pasado más de dos años desde el cese.

En caso de discrepancia sobre certificados médicos, se podrá convocar a una junta médica.

Sindicatos y derecho de huelga

Se establece un tope del 2% en las cuotas solidarias sindicales. Las asambleas en los establecimientos requerirán autorización del empleador y los delegados contarán con hasta diez horas mensuales retribuidas para el ejercicio de sus funciones.

En relación con el derecho de huelga, se amplía la categoría de servicios esenciales, que deberán garantizar una cobertura mínima del 75%, y se crea la figura de “servicios trascendentales”, con un piso del 50%.

Los bloqueos que afecten la libertad de trabajo mediante amenazas o intimidaciones serán considerados infracciones muy graves.

Plataformas digitales y nuevos empleos

Los repartidores serán considerados prestadores independientes, sin relación de dependencia. Las empresas deberán contratar seguros de accidentes y brindar capacitación.

Se prevén incentivos para empresas que generen nuevos puestos de trabajo mediante rebajas en contribuciones patronales.

Cambios impositivos y otras derogaciones

El proyecto deroga impuestos internos sobre embarcaciones, aviones, automóviles, celulares y productos suntuarios. También exime intereses de plazos fijos en dólares y la venta de vivienda única desde 2026.

Dispone el traspaso de la Justicia Nacional del Trabajo a la órbita de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Se posterga hasta 2028 la eliminación de recursos que financian el INCAA y se deroga la ley de teletrabajo.

Asimismo, prevé la derogación de estatutos específicos —como el Estatuto del Periodista Profesional— en el plazo de un año desde la sanción definitiva.

La iniciativa abre un nuevo escenario en el sistema laboral argentino y anticipa un debate intenso en el Senado.