Reglamentaron la Ley de Emergencia en Discapacidad y pusieron en marcha el régimen de pensiones

El Decreto 84/2026 establece procedimientos, incompatibilidades y condiciones de permanencia

El Gobierno nacional reglamentó la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad y aprobó los procedimientos operativos de un nuevo régimen de pensiones no contributivas destinado a personas con discapacidad. La medida fue oficializada este martes a través del Boletín Oficial, mediante el Decreto 84/2026, firmado por el presidente Javier Milei.

La decisión responde a una sentencia del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana, que ordenó la aplicación inmediata de la Ley 27.793, luego de declarar la invalidez de un decreto previo que había suspendido su ejecución por falta de financiamiento.

La reglamentación define con precisión los criterios de acceso, las condiciones de permanencia, las incompatibilidades con otros beneficios, los procedimientos administrativos y los mecanismos de control del nuevo esquema. Además, establece que el sistema deberá articularse con las reglas de compatibilidad de ingresos y con las políticas de inclusión laboral para personas con discapacidad.

El decreto también incorpora la Secretaría Nacional de Discapacidad al organigrama del Ministerio de Salud, centralizando allí la política pública en la materia. Según los considerandos, esta decisión se sustenta en una concepción integral del derecho a la salud y a la protección social, que abarca dimensiones sanitarias, sociales, económicas y de acceso a derechos.

Asimismo, la norma instruye a la Secretaría Nacional de Discapacidad a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para acordar los criterios de evaluación socioeconómica y presentar un plan de auditorías periódicas dentro de los próximos 30 días. También la faculta a dictar normas aclaratorias y complementarias para su implementación.

Otro punto central es la conversión automática de oficio de las pensiones no contributivas otorgadas con anterioridad a la vigencia del decreto en la nueva Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social, lo que obliga a la autoridad de aplicación a identificar, relevar y verificar las condiciones de las prestaciones alcanzadas.

Las medidas adicionales que se acuerden con el Consejo Federal de Discapacidad se implementarán mediante esquemas de cooperación y cofinanciamiento entre el Estado Nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con sus competencias y disponibilidades presupuestarias. La reglamentación entró en vigencia el 3 de febrero de 2026, fecha de su dictado.