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Villa Mercedes: Un exempleado deberá ser indemnizado por el “síndrome de la cabeza quemada”

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La Cámara Civil, Comercial, Minas y Laboral 2 de Villa Mercedes les ordenó a una empresa y a una aseguradora de riesgos de trabajo indemnizar a un exempleado de esa compañía por una demanda que el hombre inició en 2016, cuando, tras desempeñarse allí durante cinco años, terminó con el llamado “síndrome de la cabeza quemada” o “síndrome del quemado”. Según determinaron las pericias médicas, las presiones que sufrió en ese ámbito laboral lo llevaron a sufrir un preinfarto y también una discapacidad del 30 por ciento.

La cifra que la empresa y la aseguradora deberán pagar aún no fue fijada, pero las juezas Teresa de Lourdes Maletto y María Nazarena Chada establecieron que la remuneración percibida deberá cubrir, entre otros ítems, “el tiempo que le resta al afectado para acceder a su jubilación y/o resto de vida útil, el daño sufrido, el carácter de la lesión (si es leve, parcial, total, temporal o permanente), posibilidad de reingreso al mercado laboral, entre otros”.

Al monto de la indemnización para reparar el daño material “deberá adicionarse un porcentaje por padecimiento espiritual y psíquico, daño moral”.

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El hombre empezó a trabajar para la compañía en abril de 2011 como jefe de recursos humanos y control de personal, área que regulaba el ausentismo, se encargaba de las sanciones, las desvinculaciones y las contrataciones. A su cargo estaban un supervisor, dos analistas de sistemas, un licenciado en higiene y seguridad, un médico de planta, dos enfermeros y el servicio de vigilancia patrimonial, explicaron sus abogados al momento de presentar la demanda.

Expusieron que por “cuestiones propias de la patronal” trabajó bajo presión debido a los costos, los gastos y los ahorros. Por otro lado, como la empresa no invertía en capacitaciones, el damnificado debió brindarlas por su cuenta. El ambiente de trabajo, además, era “hostil, con reducción de áreas que quedaron a su cargo”.

Ese estrés continuo derivó en mononucleosis y en un preinfarto en 2015. Todo ello lo condujo luego al “síndrome del quemado” y a dolencias gastrointestinales, con indicación de reposo laboral, más tratamiento psicológico durante medio año.

En septiembre de 2016 “le diagnosticaron una incapacidad parcial y permanente consolidada del 30 por ciento”.

En su momento, con los certificados médico-psiquiátricos y de trastorno de ansiedad del damnificado, de 46 años, la jueza Cynthia Alcaraz Díaz hizo lugar a la demanda por daños y perjuicios.

Fuente: Poder Judicial
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