San Luis: autorizaron una adopción antes del nacimiento y el bebé fue entregado a su familia desde el primer día

Un fallo inédito priorizó la voluntad de la mujer gestante y el interés superior del niño

El juez Hugo Orozco explicó el proceso y el impacto jurídico del precedente

Por primera vez en la provincia de San Luis, una medida judicial permitió que un bebé fuera entregado a su familia adoptante inmediatamente después de nacer, evitando su institucionalización. La decisión fue adoptada por el Juzgado de Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia y Penal Juvenil N° 2 de la Tercera Circunscripción Judicial, a cargo del juez Hugo Orozco.

La resolución se tramitó durante el año pasado y ya se encuentra concluida. El caso tomó estado público tras conocerse que la mujer gestante manifestó antes del nacimiento su voluntad expresa de no maternar.

Cómo se aplicó la medida cautelar

Según explicó el magistrado en diálogo con El Potenciómetro, el ordenamiento jurídico argentino no contempla técnicamente la adopción de una persona por nacer. Sin embargo, el juzgado dictó una medida cautelar innovadora que otorgó una guarda provisoria a una pareja inscripta en el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (RUA/RUBA).

El procedimiento incluyó:

  • Trabajo articulado con la Defensoría de la Niñez.

  • Evaluaciones interdisciplinarias.

  • Acompañamiento psicológico a la mujer gestante.

  • Audiencias informativas detalladas para garantizar la ausencia de presiones.

Tras el nacimiento, el bebé permaneció con la misma familia. Luego de los 45 días previstos por el Código Civil y Comercial de la Nación para que la madre ratifique su decisión, se declaró la adoptabilidad y se formalizó la guarda preadoptiva.

Evitar la institucionalización

Uno de los puntos centrales del fallo fue impedir que el recién nacido ingresara al sistema de cuidado alternativo —en San Luis, bajo la modalidad de familias solidarias— mientras se resolvía la situación jurídica.

El juez sostuvo que, ante la existencia de una mujer que no deseaba maternar y de una pareja en condiciones legales de adoptar, resultaba razonable “unir ese eslabón” con todas las garantías procesales necesarias.

“El interés superior del niño es estar en una familia definitiva”, remarcó el magistrado.

Perspectiva de género y derechos del niño

El fallo también puso el foco en la perspectiva de género, al considerar que ninguna mujer puede ser obligada a ejercer la maternidad contra su voluntad.

Orozco subrayó que los embarazos pueden atravesarse en contextos diversos, incluso traumáticos, y que el sistema judicial debe ofrecer acompañamiento y alternativas.

En paralelo, destacó que el proceso buscó proteger el derecho del niño a crecer en un entorno familiar estable desde el inicio de su vida.

Debate sobre los tiempos de adopción

El caso generó repercusión a nivel nacional y abrió el debate sobre los plazos y prácticas judiciales en materia de adopción en Argentina.

Si bien se trató de una situación excepcional, el antecedente podría influir en futuras interpretaciones judiciales en escenarios similares.

“Hay prácticas que deben evaluarse. Es importante tomar recaudos, pero también garantizar que un niño tenga familia lo antes posible”, señaló el juez.